Nueva prueba sobre el origen gallego de Colón, por Joaquín Pesqueira

Nueva-prueba-origen-colonPublicado en la revista Finesterre en  marzo de  1944.-

EL pleito relativo a la patria de Cristóbal Colón sigue y seguirá siendo una cuestión viva, palpi­tante. Cuando parece que los historiadores e in­vestigadores han olvidado el asunto se descubre de pronto un nuevo dato, un nuevo documento, y el pleito vuelve a recobrar acuciante actualidad. Tal acontece ahora con la tesis famosa de D. Celso García de la Riega relativa al probable origen gallego del des­cubridor de América. Apagada la enconada polémica que, por celillos locales, sostuvieron hace algún tiempo en la prensa regional algunos eruditos, he aquí que aparece un documento de singular y verdadera impor­tancia. Y con un simple espíritu informativo, nos vemos obligados a escribir acerca de este manoseado y discu­tido problema histórico.

Sería excesivamente lato volver a exponer con proli­jidad de detalles los antecedentes de la debatida doc­trina propugnada por primera vez en 1898 por el histo­riador pontevedrés Sr. García de la Riega y ampliada, ordenada y razonada luego, en 1913, en su célebre libro «Colón, gallego»; y, asimismo las derivaciones y críticas que tuvo y ei hallazgo de otros documentos. Todo ello es ya de sobra conocido por los estudiosos, Pero por si fuese necesario, para una mayor ilustración, para un más completo y exacto juicio, remitimos al lector cu­rioso a la consulta de otros dos libros interesantes y complementarios de aquel primero: «España, patria de Colón», de D. Prudencio Otero Sánchez (Biblioteca Nuevá-Madrid, 1922) y «La Patria de Colón», del abo­gado doctor Rafael Calzada (Buenos Aires 1920).

No obstante, por la relación que guardan con el nuevo documento aparecido, es preciso recordar que hace años, nos referimos a dos de los citados en esos libros: una escritura de foros, de 26 de Febrero de 1731; que poseía mi tío e! médico de Pontevedra Dr. Joaquín An­tonio Piñeiro Blanco, (hoy en poder de una hermana mía) y una inscripción en el Registro de la Propiedad de Pontevedra, de fecha 9 de Marzo de 1775. En la pri­mera se especifica que en aquel entonces cobraba rentas forales en Pontevedra y pleiteaba con el Monasterio de San Juan de Poyo D.íl Catalina Colón de Portugal, por tres casas en el barrio de las Corbaceiras, frente a Porto Santo, lugar en que se ha supuesto siempre que nació el almirante. El segundo documento es la inscrip­ción de otro foro que hace el representante en Ponteve­dra de D. Miguel Colón de Portugal, minero y vecino de Méjico. Está perfectamente demostrado que los Colón de Portugal son los descendientes verdaderos del des­cubridor, pues aun hoy los duques de Veragua llevan ese apellido: Colón de Portugal. Cuando en el año 1575 vacó el ducado de Veragua, por falta de varón en la sucesión directa, el título y sus vínculos—después de un largo pleito, en el que tomaron parte Colombos y Co- lumbos de Italia—le fueron concedidos a Sa parienta más cercana del almirante: otra D.a Catalina Colón de Portugal, casada con el Duque de Gelves. Más: precisa­mente, durante ese difícil pleito, visitó a Pontevedra el «Muy magnífico y Reverendísimo Señor Maestre Don Cristóbal Colón», hijo natural del adelantado Bartolo­mé de Colón, hermano de! descubridor, según consta en actas de! Gremio de Mareantes (1575 y 1576) y de la Cofradía de la Santísima Trinidad (28 de Diciembre de 1576). Y cabe naturalmente preguntar: ¿No buscaría en Pontevedra el maestre Colón antecedentes de la familia para dirimir este pleito? ¿Cómo y por qué poseían aún, casi dos siglos después, prooiedades y rentas en Ponte­vedra los Colón de Portugal?

Pensando en eso y comentándolo, nos permitimos en aquella ocasión apuntar una idea: que si se quisiera de verdad esclarecer definitivamente algún día este intere­sante asunto de la oriundez galaica de Cristóbal Colón, sería imprescindible labor futura de los eruditos la de buscar con paciencia, de un modo preferente y casi exclusivo, la ascendencia de esos Colón de Portugal del siglo XVIII. No estábamos desencaminados, por cierto, al escribirlo así. Y ¡o prueba de una manera fehaciente el importantísimo documento aparecido, y que poseen ios herederos del abogado Don Luis Gorostola.

Helo aquí:

«En Bandeira jurisdicción de Irardeza a cinco días del »mes de Mayo de mil setecientos noventa y seis, por «ante mí Escr0 y testigos que a lo último serán señala- »dos personalmente constituidos de una parte el Exce- »lentísimo señor Duque de Beragua y Dijo que desde »hoy día de la fecha y para todo de siempre jamás por »sí y sus herederos vende y da en venta Real perpetua »a Don Francisco Troitiño, que también compra y se «halla presente vecino de la feligresía de S. Bartolomé »de pereira jurisdicción de montes que también compra »para sí y los suyos y a saber lo que el primero le vende »y da en esta dicha venta Real y perpetua la heredad «llamada puntada sita en porto santo de poyo destinada »a labradío biñedo Robleda y pina! con su casa de «cuartos bodega lagar y cuadra linda Norte muro na- »cíente y medio día rio que ía separa poniente muro y »arroyo lleba en sembradura ciento diez ferrados poco »más o menos también le vende el derecho a percibir las «rentas que en dicha casa se cobra y de todo ello le »entrega las escrituras que lo contienen y le pertenecen «al Excmo. Señor Duque de Beragua por herencia de »sus finados padres todo lo relacionado vende y da en »esta dicha venta Real y perpetua al D. Francisco Troi- »íiño con todas sus entradas y salidas aguas de riego «libres de toda carga real ni otras pensiones en precio »de cuarenta y ocho mil reales de vellón que entrega en «este acto el comprador al vendedor a la presencia de »mi Escribano y testigos de ía expresada cantidad le «otorga recibo y carta de pago lisa y llana de que cer- «tifico, confesando como confiesa que las referidas he- »r-edades no valen más ni menos y en el caso de que «haya alguna mayoría le hace Gracia y donación perpe- »tua e yrrebocable todo el que tiene podía aber y tener «a lo que lleva vendido se aparta y a sus herederos y lo «cede renuncia y trasfiere en el comprador o en los «suyos como mejor le conbenga y como autoridad de «justicia pueda tomar la posesión Real y personal y se «constituye en precario poseedor y se obliga con su apersona y vienes que lo lleva vendido lo será cierto y «el comprador acepta la venta hecha a su favor y para »que mejor se cumpla dieron todo su poder a las Justi- «cias de S. M. como por si esta carta y lo en ella conte- «nido .fuese sentencia definitiva de juez competente «pasad una cosa juzgada y renuncias a todas las Leyes «de su favor y la que los prohíbe así lo dicen v otorgan «siendo testigos de presente Juan Carreira Roque do »Santo Antonio Bueno y Francisco Ferros vecinos de «esta pa y de todo ello certifico.—Yo el Duque.—Fran- «cisco Troitiño.—Ante mí Antonio Tomé».

Como se ve, el Duque de Veragua, descendiente de Colón, vende «la heredad llamada Puntada, sita en Por­to Santo, de Poyo», «que le pertenecía por herencia de sus finados padres». . Y ahí va una coincidencia asom­brosa, sensacional: Basándose en la tradición, que aun se guarda, desde que T). Celso García de la Riega co­menzó en 1898 a exponer públicamente su discutida tesis, indicó como seguro lugar del nacimiento del almi­rante, precisamente, claramente, la casa llamada de la Puntada, en Porto Santo, feligresía de San Salvador de Poyo Pequeño…

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