Emilia Rodríguez-Solano Pastrana

 

Es autora del estudio en el que se reivindica la autenticidad de los famosos documentos pontevedreses de los siglos XV y XVI, aportados en su día por Don Celso García de la Riega, del que se hace amplio eco la Enciclopedia Gallega.

VENTA DE LA PUNTADA

Por EMILIA RODRÍGUEZ SOLANO

En un trabajo publicado por la Enciclopedia Gallega n.- 115, sobre los documentos de Pontevedra y en defensa de la tesis gallega de Colón, hacíamos alusión a un importante estudio de Sobrino Buhigas sobre los descendientes del Almirante documentados en Pontevedra durante los siglos XVII, XVIII y XIX.

Como muestra de los vínculos que esta familia sostenía con Pontevedra en el siglo XIX, reproducimos un artículo publicado en 1924 por la revista viguesa «Tierra Gallega», en el que se hace referencia a un documento por el que D. Mariano Colón de Toledo, duque de Veragua que figura en el árbol genealógico general con el n.- 64, vende una propiedad situada en Portosamo, y que dice le pertenece por herencia de sus difuntos padres. El artículo es el siguiente:

«IMPORTANTE DESCUBRIMIENTO PARA LA TESIS COLON ESPAÑOL. Con motivo de una relamación judicial que se intenta sobre la propiedad de la finca denominada «La Puntada» t del lugar de Ponosanto en Poyo (Pontevedra), inmediata a la casa situada en el mismo punto, en la que se conjetura que nació Colón, aparecieron dos interesantísimos documentos, uno de los cuales expresa que en 1796 el Señor Duque de Veragua (descendiente de Colón, como se sabe), vendió a F. Troitiño, de la parroquia de Pereira, jurisdición de Montes (Forcarey), la mencionada finca de La Puntada con su casa y renta que en ella se cobraba, declarando el vendedor, o sea el Duque, que tal finca le pertenece por herencia de sus padres.

El otro documento, del año 1811, consigna un arrendamiento de la citada propiedad efectuado por un descendiente de Troitiño a favor del que fue procurador en Pontevedra D, Miguel de Viga, y en el cual hace constar el arrendador que la finca arrendada es procedente del señor Duque de Veragua.

Como se está en camino de nuevas investigaciones no queremos hacer por ahora comentario alguno, sometiendo este importante hallazgo al juicio de las personas interesadas en tan debatido asunto»‘.

Un silencio muy extraño, que se prolongó durante veinte años, siguió a esta importante aportación a la tesis de Colón gallego. Nadie hizo alusión a este documento, ni aún con ocasión de los vivos debates que se entablaron, precisamente por aquellos años, sobre las alteraciones observadas en los llamado «documentos de Pontevedra», Hasta que finalmente, el 12 de Octubre de 1943 se publica en Faro de Vigo un trabajo del abogado pontevedrés D. Felipe Ruza, que entre otras cosas dice:

«Pero yo no quiero ni debo morirme sin dar a conocer en su facsímil un interesante documento que, por motivos profesionales ha estado en mi estudio, y con autorización del que me lo consultó, hice obtener de la fotografía del Sr. Barreiro, de esta ciudad. Y lo publico yo para poder responder bajo mi firma de su exactitud».

Finca de la Puntada – Donde dice la tradición que nació Cristóbal Colón

Pero el diario vigués, no sólo ño publicó el aludido facsímil, sino que, sorprendentemente, lo extravió. Y como el Sr. Ruza no incluyó en su artículo la transcripción del documento, ha vuelto a hacer el silencio alrededor del mismo.

TUvieron que transcurrir dos años hasta que se pudo, por fin, conocer el texto. El hecho tuvo lugar cuando el semanario madrileño EJ Español, con fecha 3 de marzo de 1945, publica un nuevo trabajo de D, Felipe Ruza, en el que comienza refiriéndose al que dos años antes había publicado en Faro de Vígo, haciendo notar que en su inserción no se incluyó el facsímil a que en el mismo se hace referencia, por cuya razón acompaña una transcripción literal del mismo, que recogemos a continuación:

«Hay un sello que dice: Carolus IV D.G. Hispanorum Rex. Sello Quarto. Quanta maravedís. Año de mil ochocientos siete. En Ban-deira, jurisdición de Trasdeza a cinco días del mes de mayo año de mil setecientos noventa y seis, por ante mi escribano y testigos que a lo último irán señalados personalmente, constituidos de una parte el Sr. Duque de Beragua, y dijo que desde hoy día de la fecha, y para iodo tiempo de siempre jamás, por sí y sus herederos, vende y da en renta real perpetua a D. Francisco Troitiño, que también compra y se halla presente, vecino de la fa. de San Bartolomé de Pereira. jurisdición de Montes, que también compra para sí y los suyos y a saber lo que el primero ¡e vende y da en esta dicha venta real y perpetua la heredad llamada puntada, sita en Porto Santo de Poyo, destinada a labradío, viñedo, robleda y piñal, con su casa de cuartos, cocina, bodega, lagar y cuadra confina Norte muro nacientey mediodía ría que la separa poniente muro y arroyo lleba en sembradura ciento diez ferrados poco mas o menos, también le vende el derecho de percibir la renta que en dicha casa se cobra y de todo ello le entrega las escrituras que le constituyen y le pertenecen al Rsmo. Srñor Duque de Beraguapor herencia de sus finados padres iodo lo relacionado vende y da en esta dicha venta real y perpetua a D. Francisco Troitíño con todas sus entradas y salidas, aguas de riego y libre de toda carga real ni otras pendiones en precio de cuarenta y ocho mil reales de vellón que entrega en este acto el comprador al vendedor en presencia de mi Excno. y testigos y la esperada cantidad le otorga recibo y carta de pago lisa y llana de que certifico, como confiesa que la referida heredad no valen más ni menos y que en caso de que haya alguna mayoría hace gracia y donación perpetua e irrebocable todo el que tiene podía haber y tener a lo que lleva vendido y renuncia y transfiere en el o en suyos como mejor le convenga y como autoridad de justicia pueda tomar posesión real y personal y se constituya en precario poseedor y se obliga con su persona y bienes que lo que lleva vendido Le será cierto y el comprador acepta la venta hecha a su favor y para que mejor se emplea dieron todo su poder (hay una palabra ilegible) a la Juscias mes de Seibre, como si por esta carta y lo en ella contenido fue sentencia definitiva a de Juez competente pasada en cosa juzgada y renuncia a todos de sufabor Menrd que les prohibe así lo dicen y otorgan siendo testigos del presente Juan Correira, Roque do Souto y Antonio Bueno y Francisco Ferros, vecinos de esta fra. y de todo certifico yo el Duque, Franco Troitiño ante mí Pedro Antonio Tomé. Todos rubricados», La autenticidad de este documento fue puesta en duda por los enemigos de la tesis pontevcdresa, basándose en un apáreme anacronismo que resulta de una incorrecta lectura de las primeras líneas» en las que dice:

«Sello Quarto. Quanta maravedía. Año de mil ochocientas siete». Y a continuación se inicia el texto del documento:

«En Bandeira, jurisdicción de Trasdeza, a cinco días del mes de Mayo de mil setecientos noventa y seis», Si se lee sólo hasta aquf, el anacronismo es evidente, pero más adelante hay un testimonio que dice:

«Concuerda con su original, y de orden de… y a petición de D. Francisco Troitiño expido la presente en la jurisdición de Trasdeza, a beinte días del mes de Agosto, año de mil ochocientos siete, lo que seguro y firmo y rubrico. En testimonio de la verdad. Antonio de la Torre Dieguez». No se trata, por tanto, de un documento de 1796 extendido en papel con sello de 1807, sino de una copia posterior a cuyo pie se testimonia que concuerda con el original.


XENEALOXIA DE CRISTOBO COLÓN (Xenealoxía dos Colón de Pontevedra, segundo Emilia Gutierrez Solano)
I XERACIÓN

 

– Presunto mercenario alemán orixinario de Colonia. Fixase, presumibelmente, en Pontevedra
II XERACIÓN

– Bartolomeu de Colón, nacido sobre 1390

– Domingos de Colon, O Vello, nado sobre 1390

– Branca de Colón, n. sobre 1390, casou con Afonso de Soutelo

– María de Colón, n. sobre 1390, cs. con Xoan de Viana, O Vello, e con Xoán Ossorio
III XERACIÓN – Domingos de Colón, O Mozo, n. sobre 1420

– Branca de Soutelo, n. 1420, cs. Martín Gotierrez
IV XERACIÓN

– Cristobo de Colón, n. sobre 1440
V XERACIÓN

– Afonso de Colón, n. sobre 1460

– Xoán de Colón, n. sobre 1470

BIBLIOGRAFÍA: Gran Enciclopedia Gallega, T.8, páx.36

2 comentarios en «Emilia Rodríguez-Solano Pastrana»

  1. Gracias Fernando por recordar el trabajo de mi tía y por seguir buscando e investigando con tanto entusiasmo.

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